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Normativa · Reglamento (UE) 2023/1115

EUDR: qué es el Reglamento de deforestación de la UE y cómo prepararte

Por Óscar Escánez · Actualizado: 19 de julio de 2026 · Lectura: 8 min

Si tu empresa compra, importa o vende en la Unión Europea café, cacao, soja, aceite de palma, caucho, madera o ganado bovino — o cualquier producto derivado, como chocolate, muebles, neumáticos, papel o cuero — el Reglamento europeo de deforestación (EUDR) te afecta. Y las fechas ya están encima.

Qué es el EUDR

El EUDR es el Reglamento (UE) 2023/1115, modificado por el Reglamento (UE) 2025/2650. Prohíbe introducir en el mercado de la UE (o exportar desde ella) esas materias primas y sus derivados si están asociados a deforestación o degradación forestal posterior al 31 de diciembre de 2020, o si se produjeron incumpliendo la legislación del país de origen. La carga de demostrarlo recae en la empresa.

Desde cuándo es obligatorio

Tras el aplazamiento aprobado a finales de 2025, las fechas de aplicación son:

Parece lejano, pero la parte lenta — conseguir la geolocalización de cada finca de tus proveedores — lleva meses. Quien empiece tarde llegará al último trimestre con lotes que no podrá declarar.

Las tres obligaciones de la diligencia debida

El corazón del EUDR es un proceso de diligencia debida en tres pasos:

  1. Recogida de información (artículo 9). Por cada lote: descripción y código SA del producto, cantidad, país de producción, proveedor y la geolocalización de todas las parcelas donde se produjo la materia prima.
  2. Evaluación del riesgo (artículo 10). Analizar el riesgo de que el producto no sea conforme, considerando el nivel de riesgo del país, la presencia de bosque, la complejidad de la cadena y otros factores.
  3. Mitigación del riesgo (artículo 11). Cuando el riesgo no es despreciable, aplicar medidas (información adicional, auditorías, verificación de polígonos) hasta reducirlo.

La geolocalización: el punto que más cuesta

El Reglamento exige las coordenadas de todas las parcelas: un punto para superficies de hasta 4 hectáreas y un polígono para las mayores. Sin geolocalización completa, la declaración no se puede presentar. Por eso conviene empezar ya a pedir esos datos a los proveedores y llevar el control de quién los ha enviado.

El sistema de riesgo por país

La Comisión Europea clasifica los países en riesgo bajo, estándar o alto. Para los de bajo riesgo se aplica una diligencia debida simplificada: se recoge la información del artículo 9, pero no hace falta la evaluación y mitigación completas. Por defecto, un país es de riesgo estándar salvo que la Comisión lo clasifique de otro modo.

La declaración (DDS)

Antes de introducir el producto en el mercado se presenta una declaración de diligencia debida (DDS) en el sistema de información de la UE, que devuelve un número de referencia y uno de verificación. Esos números acompañan al producto en la cadena y hay que conservarlos.

El coste de no cumplir. El Reglamento prevé sanciones de hasta al menos el 4 % del volumen de negocio anual en la UE, la retirada del producto y la exclusión temporal de contratos y financiación públicos. Sin la documentación correcta, la mercancía puede quedarse retenida en aduana.

Cómo prepararte sin gastar miles de euros

No necesitas una plataforma cara para empezar. Lo primero es ordenar tu cadena: qué materias primas manejas, quiénes son tus proveedores, de qué parcelas vienen y en qué nivel de riesgo está cada país. Con eso montado, la evaluación y las declaraciones son mecánicas.

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Fuentes